Las reformas
al Artículo 40 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Morelos
publicadas en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad" que posibilita
la creación de "Municipios
integrados por comunidades indígenas" fueron anunciadas en los medios masivos como un compromiso de campaña cumplido
del actual gobernador y un logro histórico de la LIII Legislatura que responde
a las añejas demandas y luchas de pueblos íconos del movimiento social,
cultural, político con gran tradición cultural indígena y memoria
zapatista.
Sin embargo,
el hecho publicado como una oportunidad otorgada a las comunidades de Hueyapan,
Tetelcingo, Coatetelco y Xoxocotla de convertirse en los primeros "Municipios
Indígenas",
han desatado controversias al interior de las mismas, especulaciones e interpretaciones de esta figura legal administrativa. Pues a pesar de que la actual Legislatura habla de observar el Derecho a la Consulta Libre, Previa e Informada, no se les preguntó a las comunidades sobre las reformas hechas por el Congreso local, Además de que según el decreto 999 publicado el 22 de agosto de 2016 en el Periódico Oficial, reconoce los principios de "Pluralismos, Sustentabilidad, Integralidad, Participación y Libre Determinación" como emanados de los Acuerdos de San Andrés Larráinzar y fundamentales para establecer una nueva relación entre las autoridades y las comunidades indígenas.
han desatado controversias al interior de las mismas, especulaciones e interpretaciones de esta figura legal administrativa. Pues a pesar de que la actual Legislatura habla de observar el Derecho a la Consulta Libre, Previa e Informada, no se les preguntó a las comunidades sobre las reformas hechas por el Congreso local, Además de que según el decreto 999 publicado el 22 de agosto de 2016 en el Periódico Oficial, reconoce los principios de "Pluralismos, Sustentabilidad, Integralidad, Participación y Libre Determinación" como emanados de los Acuerdos de San Andrés Larráinzar y fundamentales para establecer una nueva relación entre las autoridades y las comunidades indígenas.
Por otro
lado, los vicios de individuos, líderes y grupos vinculados a partidos
políticos, empresarios locales y organizaciones muy dadas al manejo del
clientelismo político y la manipulación de recursos e información, han querido
tomar las riendas de este proceso cerrando el paso a la participación más
amplia de la gente.
Ante este
panorama, el reto de la formación de los municipios desde las bases, como en
esencia es todo lo indígena, es grande.
Platicar con
gente de dos experiencias nacionales y una local en los cuales la organización
comunitaria de tradición cultural indígena es presente, puede ayudar a
resolver varias preguntas que se han recogido en las diferentes reuniones
informativas en Xoxocotla sobre este tema:
¿Municipios
conformados por comunidades indígenas o Municipios Indígenas?
¿Cuál es la
diferencia? ¿Existen en el marco legal?
¿Cómo han
logrado ser municipios con "Usos y Costumbres"?
¿Qué ley los
reconoce como tal? ¿La ley reconoce el Derecho Consuetudinario o los "Usos
y Costumbres" como normativa comunitaria?
¿Cómo se
organizan para elegir a sus autoridades?
¿Qué
instituciones comunitarias tienen?
¿Tienen un
presidente municipal y un cabildo?
¿Cómo
deciden el uso de los recursos?
¿El
municipio para ser autónomos o para subordinarnos al estado?
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